Lo que no Sabías sobre la Reserva y el Boleto de Compra Venta

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Reserva

A la hora de realizar una operación inmobiliaria surgen dudas respecto de la función que cumplen la Reserva y el Boleto de Compra Venta. Por tal motivo, a continuación te comento brevemente cuál es la función y cada uno de los elementos que deben contener estos contratos.

¿En que consiste la Reserva?

Una vez que el comprador se ha decidido por un inmueble, se realiza la Reserva. El contrato de Reserva consiste en una oferta que hace el comprador entregando una suma de dinero, la cual se imputará a reservar precio y establecer las condiciones de pago del inmueble en cuestión.

El negocio no estará cerrado hasta tanto la reserva no sea aprobada por el vendedor. Cabe aclarar que resulta conveniente no dejar dinero en efectivo, puesto que en caso de que la oferta no sea aceptada, es más fácil recuperar el valor dejado en cheque.

En síntesis, la reserva no es más que una minuta en la que se establecen las pautas principales del boleto de compra venta. También se deja establecido que si el vendedor no acepta la oferta en un plazo X, se le restituirá al potencial comprador el monto recibido en forma simple, es decir, sin doblar.

Por otro lado, en caso de que se notifique la aceptación de la reserva y el oferente no se presentara a la firma del boleto de compra venta, este perderá en concepto de indemnización el monto entregado.

Luego de la Reserva: Estudio de la Situación Jurídica del Inmueble

Una vez realizada la reserva comienzan los trámites preparatorios para la suscripción del Boleto de Compra Venta o de la Escritura. En esta instancia es imprescindible conocer cuál es la situación jurídica de la propiedad, es decir, debemos determinar:

  • Quiénes son sus propietarios.
  • La existencia de deudas o gravámenes sobre la misma, es decir, si existen hipotecas, embargos u otras cargas que la afecten.
  • La existencia de un contrato de alquiler.
  • La posesión.
  • Si está sometida a algún régimen especial, como ocurre con las propiedades que son patrimonio histórico.
  • Si existe alguna prohibición de disponer de la propiedad.

Para ello es necesario que nos pongamos en contacto con un escribano de confianza, a quien deberemos entregarle una copia del título de propiedad para constatar que toda la documentación esté en regla. Asimismo, deberá solicitarse al Registro de la Propiedad Inmueble y previo a la firma del Boleto de Compra Venta, «Un Informe de Dominio del Inmueble» y un «Informe de Inhibiciones del Propietario». De ellos surgirá la situación dominial del inmueble y de si el dueño tiene registradas inhibiciones. En caso de que el vendedor fuese una sociedad, el escribano verificará la documentación correspondiente que habilite al representante legal a firmar el Boleto de Compra Venta.

También es importante controlar que las medidas y superficies del inmueble se correspondan con lo que uno cree comprar.

Cabe aclara que usualmente el escribano lo designa el comprador al momento de firmarse el Boleto de Compra Venta. Sin embargo, existen excepciones, por ejemplo si la compra es financiada o cuando se trata de la primera venta de la propiedad en el supuesto de un edificio a estrenar o un loteo.

Espero te haya servido, en el próximo artículo continuaremos con el Boleto de Compra Venta.

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