Deducción del Alquiler en el Impuesto a las Ganancias
De acuerdo a lo enunciado por el titular de la AFIP, Alberto Abad, los inquilinos tendrán la posibilidad de deducir del impuesto a las ganancias hasta el 40% del importe del alquiler.
La nueva resolución emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite a los inquilinos descontar hasta el 40% del importe del alquiler en el impuesto a las ganancias. Esta deducción tiene un límite anual de $ 51.967, es decir, un máximo de $ 4.330 por mes.
Según lo manifestado por Alberto Abad, para instrumentar el cómputo de la deducción, los inquilinos deberán ingresar con clave fiscal al Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig) en la web de la AFIP.
Una vez allí, se deberá cargar, en primer lugar, el contrato de alquiler en formato PDF y, luego, mensualmente, los datos de la factura emitida por el propietario o la inmobiliaria (número de factura, fecha de emisión y otros datos).
Para acceder a este beneficio, el inmueble alquilado debe ser destinado a casa habitación y, por otro lado, el inquilino no podrá contar con ninguna propiedad a su nombre.
A continuación, a modo de ejemplo, se plantean dos casos:
Caso A: Casa de tres habitaciones con cochera ubicada en barrio Candioti. Importe del alquiler: $ 15.000. El 40% del alquiler es $ 6.000. En este caso, opera el tope mensual de $ 4.330. Por lo que la deducción anual será de $ 51.967
Caso B: Departamento de un dormitorio ubicado en barrio María Selva. Importe del alquiler: $ 5.000. El 40% del alquiler es $ 2.000. Por lo que la deducción anual del impuesto a las ganancias será de $ 24.000
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